José Manuel García.

Profesional de la calidad, seguridad y formación en industria alimentaria. Garat Consultores

 

El artículo 3 del Reglamento (CE) 178/2002 establece la definición de trazabilidad alimentaria y marca la normativa común de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

Por lo tanto la trazabilidad alimentaria queda definida como la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, distribución y transformación de un producto alimentario, ya sea un alimento, pienso, animal destinado a la producción de alimentos.

También a seguir el rastro a sustancias destinadas a ser incorporadas en alimentos o piensos.

De esta forma se puede seguir el rastro de un alimento en cualquiera de las fases que va de la producción primaria hasta su venta. Y que incluyen su almacenamiento, transporte y cocinado, si se diera el caso.

Según el Codex Alimentarius, “trazabilidad es la capacidad para seguir el movimiento de un alimento a
través de etapa(s) especificada(s) de la producción, transformación y distribución”.

¿Qué requisitos existen para la trazabilidad alimentaria en la normativa?

En Garat Consultores queremos ser su aliado. Le ofrecemos todos los servicios de Consultoría y Formación para cumplir con estos requisitos.

Si lo desea puede CONTACTAR YA

El procedimiento o sistema de trazabilidad en alimentos que se adopte dentro de cada empresa deberá tener en cuenta:

  • La identificación del producto, es decir, un medio único, lo más sencillo posible, para identificar
    un producto o agrupación de productos.
  • Los datos del producto, es decir:
    • Las materias primas, partes constituyentes del producto o mercancías que entran en cada
      empresa.
    • La manera en que fue manejado, producido, transformado y presentado, en caso de existir
      tales procesos.
    • Su procedencia y destino, así como las fechas de ambos (una etapa antes y una etapa después).
    • Los controles de que ha sido objeto, en su caso, y sus resultados.
  • La relación entre la identificación del producto y los datos sobre el mismo. El seguimiento del
    movimiento de un producto (trazabilidad) va ligado a información comercial y de procesos
    internos y autocontroles.

 

Trazabilidad Alimentaria Normativa.

Esta es la Legislación específica sobre Normativa horizontal de trazabilidad alimentaria

  1. Real Decreto 1698/2003. Que trata de evitar la competencia desleal y la desinformación en los productos cárnicos. Y regula de forma detallada las obligaciones para garantizar la trazabilidad en estos productos.
  2. Reglamento de Ejecución (UE) n ° 931/2011, relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) n ° 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo para los alimentos de origen animal
  3. Reglamento (UE) Nº 16/2012 establece los requisitos relativos a alimentos de origen animal congelados que tienen como destino el consumo humano. Y recoge la experiencia obtenida en la normativa anterior sobre la dificultad que implica la conservación de alimentos de origen animal. Por ejemplo, añade que se debe comunicar la fecha de producción y de congelación de los alimentos.
  4. Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas
  5. Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales
  6. Orden ARM/687/2009, de 11 de marzo, por la que se modifica el anexo XI del Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.
  7. Reglamento (CE) No 1224/2009 DEL CONSEJO de 20 de noviembre de 2009 por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común,
  8. Leche y productos lácteos, aplica el Real Decreto 217/2004. Que obliga a los productores a facilitar datos como la fecha de entrega, la cantidad de leche entregada, el código de identificación de la cisterna que recoge la leche, y la fecha de toma de muestras y el resultado de los análisis.
  9. Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra.
  10. Huevos, en aplicación del Reglamento (CE) 589/2008. Que garantiza la trazabilidad de los huevos mediante las normas de entrega, recogida, clasificación y embalaje.

¿Cómo realizar de forma correcta la trazabilidad alimentaria?

Puede solicitar presupuesto de consultoría alimentaria de Garat Consultores para aplicar la Guía para la aplicación del sistema de Trazabilidad en la empresa agroalimentaria y el resto de buenas prácticas en la manipulación de alimentos. Para todos los tipos de trazabilidad alimentaria.

De esta forma podrá cumplir con la normativa de trazabilidad alimentaria y con todo tipo de normativas de ámbito nacional y europeas. Además podrá realizar consultoría y formación en relación con las certificaciones más importantes de la industria alimentaria. Entre ellas las normas IFS, BRC, ISO 22.000, y la más importante, por ser de obligado cumplimiento, la aplicación del sistema APPCC.

 

 

 

 

 

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